A partir del dictado de la Resolución General 42/2021, la Sección de Mediación del ERSeP (RG 38/2019) cuenta con la reglamentación para su intervención y funcionamiento. A la misma podrán derivarse aquellos asuntos en los que resulta recomendable su intervención para una mejor resolución de aquellas controversias traídas a este organismo en el marco de sus competencias
La puesta en funcionamiento de esta Sección responde a las necesidades de agilizar los mecanismos para la resolución en tiempo propio y forma adecuada de las controversias relativas a la prestación de los servicios públicos, optimizando los tiempos del procedimiento, brindando mayor celeridad al trámite.
La incorporación del instituto de la mediación en el ámbito del ERSeP responde a una fuerte tendencia tanto a nivel internacional como local, de incorporar a los procedimientos, sean estos civiles o administrativos, nuevas formas de solucionar conflictos; privilegiando estas novedosas alternativas incluso antes del inicio de los procedimientos habituales
Así, la implementación de la mediación surge como un procedimiento alternativo a aplicarse en los supuestos que resulten procedentes a criterio de la autoridad, sin perjuicio del procedimiento administrativo previsto en la Resolución General ERSeP Nº 016/2006 (PUR) para la tramitación de reclamos iniciados ante este Ente Regulador.
Para más info acerca de la implementación del Reglamento para la Intervención de la Sección de Mediación descargue aquí Resolución General Nº42 y Anexo