DISTANCIAS MÍNIMAS DE INSTALACIONES DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y GAS EN PUNTOS DE CONEXIÓN Y MEDICIÓN

La Especificación Técnica vigente para construcción de puntos de conexión y medición en baja tensión, prevé respetar distancias mínimas entre instalaciones de gas y las canalizaciones, cajas y gabinetes eléctricos en dicho punto de conexión y medición.

Para proveer precisiones y la consecuente tranquilidad a los instaladores, al momento de certificar instalaciones de este tipo, se elaboró un documento ACLARACIÓN DE DISTANCIAS MÍNIMAS A INSTALACIONES DE GAS del punto 4.6.7 de ET21, tanto en lo que respecta al tratamiento de las instalaciones existentes (cuya verificación se torna prácticamente imposible, por no poder realizar relevamiento no destructivo de las canalizaciones embutidas en mampostería), como para la ejecución de instalaciones nuevas.