Mediante la aprobación de la Resolución General Nº76 y Anexos, se actualizaron los Cuadros Tarifarios aplicables a los Usuarios del Servicio de Energía Eléctrica Provincial, a los cuales se traslada las variaciones de precios resultantes de la Programación Estacional de Invierno Definitiva para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), correspondiente al período comprendido entre el 01 de mayo de 2024 y el 30 de octubre de 2024, aprobada por la Resolución Nº 92/2024 de la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, en el marco del procedimiento de Pass Through.
A continuación, el detalle de la incidencia de las variaciones del Precio de la Energía en el Mercado Eléctrico Mayorista sobre el Cuadro Tarifario Parcial aplicables a los Usuarios del Servicio de EPEC:
21,77% promedio para todas las categorías
29,01% promedio para la Categoría «Residencial»
- Nivel 3 – Ingresos Medios – 51,34%
- Nivel 2 – Menores Ingresos – 54,77 %
- Nivel 1 – Mayores Ingresos – 13,76%
12,01% promedio para la Categoría «General y de Servicios»
16,15% promedio para la Categoría «Grandes Consumos»
En las cooperativas, el impacto varía según el Grupo al cual pertenece cada concesionaria: 29,32% promedio.
Para más detalles en la información descargar aquí Anexo 2 de la RG N°76
Por otra parte, mediante Resolución General N°77, se autorizó la implementación de la metodología solicitada por la EPEC, para determinación y aplicación del Factor de Adecuación Mensual (FAM):
los incrementos a trasladar a las tarifas, en lo estrictamente relacionado con el Valor Agregado de Distribución (VAD), se hará en base a las publicaciones que la Dirección de Estadísticas y Censos de la Provincia de Córdoba efectúe respecto de los resultados de la Fórmula de Adecuación Mensual (FAM).
los Cuadros Tarifarios así determinados, entrarán en vigencia respecto de los consumos del día primero del mes inmediato posterior y deberán ser publicados por la EPEC con la antelación suficiente en su página web.
los Cuadros Tarifarios obtenidos deberán ser elevados al ERSeP, conjuntamente con sus bases de cálculo, para conocimiento, la intervención de su competencia y la consecuente publicación en su página web oficial.
Para más detalles en la información descargar aquí RG N°77